SOBRE EL BULLYING: UN FALLO JUDICIAL INÉDITO
En un artículo que publicamos hace varios años decíamos que “estamos transitando un tiempo que se caracteriza sin ningún lugar a dudas, por las manifestaciones de violencia en todos los ámbitos de nuestra vida cotidiana, convirtiéndose en uno de los síntomas más significativos de este verdadero fenómeno. Es el tiempo de la violencia. La vivimos todos los días, la respiramos todos los días en las calles, en los medios, en la política, en las rutas, en el deporte, etc”. Y las escuelas no son la excepción, los casos de acoso, hostigamiento o bullying como se lo conoce desde 1973, se repiten casi a diario, y a veces con niveles de violencia verbal y física muy preocupantes.
En nuestro país, según un estudio publicado por la ONG “Bullying sin Fronteras”, siete de cada diez niñas, niños y adolescentes sufren bullying y otro tipo de maltratos en sus entornos escolares, y de ese total se estima que un 40 % de los estudiantes que sufren de violencia en la escuela no lo comunican ni denuncian (Observatorio de la Convivencia Escolar, Universidad Católica de Cuyo).
Recientemente, el Poder Judicial de Corrientes informó sobre una importante medida cautelar impuesta por el juez de Paz de la localidad de Paso de la Patria, disponiendo que alumnos de un colegio secundario “dejen de intimidar, excluir y marginar a un compañero por cualquier medio y en todo lugar”. Se trata de tres alumnos que hostigaban de manera constante y sistemática a un adolescente de 14 años que, agobiado por las agresiones, lo comunicó a sus padres. “Estoy cansado de que me agredan de manera gratuita, yo no les hago nada. Siempre les digo que me dejen de molestar, pero no entienden”, afirmó el adolescente en la entrevista con el magistrado.
Como sucede en muchos casos, el adolescente aseguró también que le avisó “a la preceptora y a una docente” pero aun así lo siguieron molestando. Aunque existe legislación nacional y provincial al respecto, y sin dudas, una gran preocupación en el sistema educativo, los casos de bullying o acoso escolar se repiten con llamativa frecuencia en todas las escuelas, inclusive en las de nuestra ciudad.
La importancia de esta medida cautelar radica fundamentalmente en que sienta un verdadero precedente en lo que a protección efectiva de la víctima se refiere, poniendo un cese definitivo a las conductas violentas de hostigamiento físico y verbal que el adolescente padecía por parte de sus compañeros. Y más importante aún, es el hecho de que esta resolución judicial se dio, a diferencia de lo que siempre sucede, antes de que se produzca un hecho mucho más grave o una tragedia.
En dicha medida judicial, el magistrado ordenó que los agresores y la víctima reciban tratamiento psicológico, librando además un oficio al colegio para que implemente en coordinación con los organismos oficiales que trabajan en las áreas de prevención y apoyo, un tratamiento preventivo sobre la problemática del acoso escolar o bullying. La situación debe tratarse en el mismo ámbito escolar, no se trata de judicializar cada problemática presentada, pero en casos que el hostigamiento continúe o se repita, desde la justicia se podrá imponer medidas judiciales urgentes como la comentada.
De igual manera, y en relación al rol que deben desempeñar los familiares, no siempre dispuestos a involucrarse pacíficamente, el juez afirmó que los padres de los alumnos hostigadores (“bully”) “tienen que ser garantes en el tema (resuelto) porque es una situación compleja y no es la primera vez que pasa".
Como las consecuencias de estas conductas de acoso, maltrato y hostigamiento pueden ser muy graves, ya que causan dolor, humillación, angustia y otros efectos nocivos en las víctimas, resulta imprescindible que se profundice mucho más el trabajo en las instituciones educativas y sus equipos docentes para avanzar en la prevención, detección y el abordaje de esas situaciones de violencia conocidas como bullying.
Desde el acoso físico, el acoso verbal (insultar, colocar sobrenombres, amenazar, por ejemplo), el acoso psicológico, el acoso social (aislar a su víctima, difundir rumores, convencer a otros chicos para que no hablen con él, lo humillen en público y se sienta aislado), el acoso sexual (tocamientos o acciones no consentidas, burlas sobre la orientación sexual, etc.) y el ciberbullying que es el acoso desarrollado en el amplio entorno del ciberespacio (mandar mensajes desagradables, circular rumores, imágenes o videos denigrantes por correo electrónico, chat o en las redes sociales, generar perfiles falsos o gemelos, etc) son comportamientos de hostigamiento y conflictividad social que deben alertarnos para promover efectivamente la creación de equipos de trabajo especializados que se esmeren en prevenir e intervenir en todas estas situaciones de violencia.
Se debe respetar el derecho del estudiante a ser escuchado, como así también su derecho a defenderse y ser defendido en estos casos donde resulta víctima de quienes transgreden casi impunemente las normas más elementales de convivencia.-